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REF# R4779196

Terreno Comercial en Casares – habitaciones – baños

Casares

Hab.
0
Baños
0
Const.
0
Terraza
0

85.000€

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Descripción

El solar no edificado, situado en la Calle Taraje, en el Polígono Industrial Los Pedregales, dentro del Término Municipal de Casares, en la Provincia de Málaga.

Se encuentra ubicado en Suelo Apto para Nave Industrial (Resto), según el Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Casares en su Adecuación Parcial a la LOUA de las NN.SS. del año 1986, con aprobación definitiva en marzo de 2010. Asimismo, el Sector UR-IND se ha desarrollado a través del Plan Parcial del Polígono Industrial “Los Pedregales”, con aprobación en abril de 2005.

ORDENANZAS DE CADA ZONA: ZONA INDUSTRIAL

Actividades industriales ligeras o servicios de carácter industrial. Se permiten viviendas infantiles y sólo podrán ubicarse en instalaciones cuya parcela sea superior a 1.000 m² y la superficie útil no supere los 100 m².

SÓTANO, máximo el 30% de la superficie de la nave, no contabilizándose como edificabilidad.

ÍNDICE MÁXIMO DE EDIFICABILIDAD NETA 1 m² techo/m² suelo en la superficie neta de la parcela, siendo la superficie de la parcela 358,00 m²

Es decir, se permite construir una superficie de 358,00 m²

PARCELA MÍNIMA La parcela mínima edificable será de 200 m².

OCUPACIÓN MÁXIMA El porcentaje máximo de ocupación se fija en el 100% de la parcela.

ALTURA MÁXIMA Y NÚMERO DE PLANTAS La altura máxima será de una planta o 8 m.

VALLAS Altura máxima de 1 m, pudiendo continuarse con valla de material ligero y diáfano hasta una altura de 2,50 m.

SEPARACIÓN A LÍMITES Sólo se permite a las alineaciones traseras (fondo de la parcela) y un mínimo de 3 metros a los límites del sector. APARCAMIENTO En el interior de la parcela, dentro del edificio o en los patios contenidos en el mismo, se habilitará aparcamiento en la proporción de una plaza por cada 10C m2 t en parcelas superiores a 500 m² t, y una plaza por cada 150 m² t en las inferiores a 500 m².

ORDENANZAS ESTÉTICAS Los techos de los almacenes no podrán ser de material reflectante, el color deberá ser verde mate. Los paramentos de fachada no pueden ser metálicos, y sus colores deben ser claros, preferentemente beige o crema. Se exceptúan de estas normas las fachadas que dan a la red de carreteras y que tienen interés comercial. Sin embargo, queda a la discreción municipal la autorización de diseños de naves de interés arquitectónico, que puedan contradecir ordenanzas anteriores.

Características

Solicite más Información